Las prórrogas en los plazos de la ITV siguen siendo un dolor de muelas para el transporte

Los distintos criterios utilizados por las concesionarias de ITV a la hora de aplicar la norma que facilita la prórroga de este certificado tras el Estado de Alarma está provocando un auténtico dolor de cabeza para los profesionales de transporte. Desde la Federación Nacional de Transporte por Carretera (Fretansa) explican que la redacción ambigua de la norma no deja claro el criterio a seguir con los vehículos que se presentan a la inspección una vez caducada la prórroga concedida, provocando graves perjuicios para los profesionales del transporte y las compañías del sector.

La aplicación restrictiva que están realizando algunas estaciones de ITV de la norma que quedó reflejada en la orden SND 413/2020 y el RDL 26/2020 está provocando actuaciones surrealistas a la hora de superar la ITV. Sin ir más lejos, los vehículos de transporte de mercancías con más de 10 años de antigüedad que su ITV haya caducado durante el Estado de Alarma pueden llegar a superar la inspección tras el final de la prórroga con un resultado de ITV favorable, pero ya caducada de nuevo, teniendo el vehículo que volver a superar la inspección por dos veces de forma consecutiva.

Desde Fetransa señalan que es un sinsentido que un vehículo industrial con más de 10 años de antigüedad tenga que superar la ITV dos veces de forma consecutiva o hacerlo, en el mejor de los casos, por dos veces en mes o mes y medio, situación que se daría si el vehículo pasa la inspección en fecha posterior a la prórroga concedida, pero antes de haberse cumplido seis meses desde la última revisión. Se dibuja así una situación de difícil resolución bajo una norma que ni siquiera ampara ya al vehículo.

Para los transportistas la gestión del Ministerio de Industria está siendo inexplicable, ya que genera incertidumbre en el sector. Si bien algunos responsables de estaciones de ITV ya han manifestado que no piensan aplicar este criterio restrictivo, desde Fetransa se recomienda reclamar contra las estaciones que sí apliquen este procedimiento por obligar indebidamente al titular de un vehículo comercial a presentarse en el mismo plazo o en un plazo muy corto a inspección en dos ocasiones, con las consecuencias que ello tiene.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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