El Gobierno aprueba una reducción en la tributación por módulos de 2020 por el COVID-19

El inicio de la campaña de vacunación contra el COVID-19 supone un halo de esperanza para la población, aunque esto no signifique que la crisis sanitaria se acabe a corto plazo. Tampoco se aleja en ningún caso la crisis económica asociada a la pandemia, circunstancia que ha obligado al Gobierno a aprobar nuevas medidas fiscales para permitir la viabilidad económica de miles de autónomos y pymes. Entre las medidas aprobadas está una reducción de la tributación por módulos y la posibilidad de aplazar los impuestos del primer trimestre de 2021.

Como se hizo desde marzo de 2020, los autónomos y pymes pueden solicitar un aplazamiento del pago de sus deudas tributarias, en este caso del primer trimestre de 2021. De esta forma, autónomos y pymes pueden aplazar el pago de los impuestos correspondientes al primer trimestre del próximo año -presentación e ingreso entre 1 y 30 de abril- por un plazo de 6 meses, con 3 de carencia de intereses. Los autónomos y pymes que se acojan a esta medida deben tener un volumen de operaciones inferior a 6.010.121 euros durante el ejercicio 2020.

Otra de las medidas aprobadas por el Gobierno es ampliar la reducción en la tributación por el sistema de módulos del IRPF del 5% actual al 20% con carácter general para el año 2020. Esta medida se aplicará para el cuarto pago fraccionado de 2020 y para el primer pago de 2021. Una bajada de tributación que afecta al transporte de mercancías por carreteras, al transporte de mudanzas, mensajería y al servicio de taxi. Sin embargo, para las actividades más azotadas por la crisis, como el transporte de viajeros en autobús dentro del sector transporte, la reducción en la tributación por módulos llegará al 35%.

Cabe señalar que las reducciones del 20% con carácter general y del 35% para el transporte de viajeros en autobús y otras actividades se tendrá en cuenta en la tributación del régimen simplificado del IVA correspondiente a la cuota devengada de 2020 y a la primera cuota trimestral de 2021. Por último, también se ha aprobado una reducción del número de períodos impositivos afectados por la renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF, pasando de los 3 años previstos a sólo un año por la actual situación económica motivada por la pandemia.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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