Los transportistas ya pueden comunicar el kilometraje a la Agencia Tributaria para beneficiarse del Gasóleo Profesional

La Agencia Tributaria ha abierto el plazo de actualización del Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional con el objetivo de que los transportistas, tanto de viajeros como de mercancías, así como los taxistas, puedan presentar la declaración de los kilómetros recorridos durante el ejercicio anterior con los vehículos de transporte que figuran en dicho censo. El plazo queda abierto hasta el 31 de marzo, periodo en el que los transportistas profesionales también pueden actualizar los datos de sus vehículos en el Censo de Beneficiarios.

Como sucede año tras año, los transportistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional deben presentar ante la Agencia Tributaria la declaración de kilómetros anuales recorridos en el año anterior con los vehículos de transporte inscritos en el censo. Esta declaración es requisito imprescindible para recibir el pago del Gasóleo Profesional por parte de la Agencia Tributaria cada mes en la cuenta bancaria designada por cada transportista en el censo.

Cabe recordar que el Gasóleo Profesional se calcula a partir de la diferencia existente con el impuesto de hidrocarburos que se aplica al Diésel de uso particular, siendo beneficiarios de estas ayudas los titulares de camiones de más de 7,5 toneladas de MMA, autobuses y taxis. En este sentido, el consumo de los vehículos suscritos al censo se tiene que hacer con las tarjetas de carburante para Gasóleo Profesional, bien en estaciones de servicio o bien en surtidores privados a través de una unidad de suministro propio debidamente legalizada.

La gran novedad para este ejercicio es que al referido importe resultante de la diferencia que hay a nivel impuestos se debe sumar la bonificación al combustible pensada para el sector del transporte por carretera y que da relevo a la bonificación con carácter general que se viene aplicando desde marzo de 2022. El importa total a devolver serán entonces 24,9 céntimos por litro repostado hasta el 31 de marzo y de 14,9 céntimos entre el 1 de abril y el 30 de junio.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable: PLANES DE LA INFORMACIÓN PARA EL TRANSPORTE, S.L.
Finalidad: Moderar los comentarios a los artículos publicados en el blog
Legitimación: Consentimiento del interesado
Destinatarios: No se comunicarán datos a persona u organización alguna
Derechos: Tiene derecho a Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Plazo de conservación de los datos: Hasta que no se solicite su supresión por el interesado.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.