El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado oficialmente la derogación del Real Decreto-ley 9/2024 tras su rechazo en el Congreso. Esta medida implica la eliminación de diversas disposiciones que afectaban a varios sectores económicos, incluido el transporte, al suprimir importantes ayudas y desgravaciones.
Cambios fiscales en el régimen de módulos
Uno de los cambios más relevantes se centra en el ámbito fiscal, particularmente en la aplicación del método de estimación objetiva, conocido como «módulos».
Impacto en los límites del régimen de módulos
La derogación anula la Disposición transitoria trigésima segunda del Real Decreto-ley 10/2024, que prorrogaba en 2025 los límites superiores para acogerse al régimen de módulos.
Esta disposición había fijado los siguientes límites:
- 250.000 euros de facturación total.
- 125.000 euros de facturación a empresas o profesionales.
Estos valores beneficiaban especialmente a autónomos y pequeños empresarios del sector transporte. Sin embargo, con la derogación, vuelven a aplicarse los límites establecidos en el artículo 31 de la Ley del IRPF:
- 150.000 euros para el conjunto de actividades económicas, salvo las agrícolas, ganaderas y forestales.
- 75.000 euros para operaciones con destinatarios que sean empresarios o profesionales.
Consecuencias para los transportistas autónomos
Este cambio representa un fuerte impacto para los transportistas autónomos que se acogían al régimen de módulos. Con los nuevos límites, muchos perderán la posibilidad de utilizar este método simplificado de tributación y deberán pasar al régimen de estimación directa.
Desde Froet se señala que existe la posibilidad de que se tramite de forma independiente una prórroga de los límites de facturación y que, con el apoyo de otros partidos, se recupere el umbral de 125.000 euros para 2025.
Recomendaciones
Dada la incertidumbre actual, es fundamental que los autónomos actúen con cautela y evalúen su situación fiscal:
- Renunciar al régimen de módulos y optar por la estimación directa.
- Permanecer en el régimen de módulos con la expectativa de una solución normativa en el corto plazo.
Advertencia: Si esta situación no se resuelve antes del 31 de marzo, fecha límite para renunciar de forma tácita al régimen de módulos, los autónomos que superen el límite de 75.000 euros estarán obligados a abandonar este régimen.