Dinamarca permite que las empresas puedan solicitar el certificado COVID a los chóferes

El Parlamento de Dinamarca ha aprobado la nueva ley que regula algunos de los puntos más controvertidos vinculados a la pandemia de COVID-19. En este aspecto, quizá el asunto más crítico de esta nueva normativa es que permite a las empresas exigir a sus empleados la presentación del certificado COVID o que se sometan a una prueba PCR o de antígenos para poder entrar en los centros de trabajo. Un arma de doble filo que puede ser especialmente costosa para los conductores profesionales.

Esta ley entró en vigor este pasado viernes 26 de noviembre en Dinamarca y permite al empleador solicitar el certificado COVID a cualquier trabajador, incluidos los conductores en nómina y/o subcontratados, siempre y cuando la enfermedad esté categorizada como crítica para la comunidad. Eso sí, las empresas que vayan a hacer uso de esta opción, amparados ahora por la ley, deberán notificar por escrito a los empleados con suficiente antelación su intención de solicitar el certificado COVID o, en su defecto, pruebas de detección de la enfermedad.

En este aspecto, cabe señalar que el COVID-19 ha sido categorizado como enfermedad crítica por la comunidad por la Comisión Danesa de Epidemias por un periodo de un mes a contar desde el pasado 11 de noviembre. Sin embargo, dada la situación actual con la aparición de nuevas cepas de la enfermedad en el sur de África, lo normal es pensar que se ampliará esta condición de enfermedad crítica por la comunidad al menos hasta superar todas las fechas navideñas.

¿Y cómo afecta esta ley a los conductores profesionales? La nueva ley danesa permite a las empresas exigir el certificado COVID a los visitantes, por lo que los conductores profesionales ajenos a la empresa también pueden verse obligados a mostrar el certificado que demuestra su inmunidad, la vacunación completa o, en su defecto, una prueba negativa. La prueba de COVID sólo será válida si se realiza como máximo 48 horas antes del momento de llegada a la empresa si es de antígenos. En caso de PCR, el plazo es de 72 horas.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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