Las ayudas al transporte se extienden hasta diciembre: cuantías, beneficiarios y plazos

El tercer paquete de ayudas al transporte por la crisis de Oriente Medio prolonga el apoyo al sector durante el último trimestre de 2026. El Real Decreto-ley 25/2026 combina ayudas por litro de gasóleo, rebajas del Impuesto sobre Hidrocarburos y subvenciones directas para vehículos que no pueden acogerse al gasóleo profesional.

Para los titulares de vehículos con derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, las ayudas previstas son de 5 céntimos por litro en octubre, 12 en noviembre y 19 en diciembre.

Estas cuantías están condicionadas por la fiscalidad: en noviembre la ayuda puede mantenerse en 5 céntimos y en diciembre puede quedar en 5 o 12 céntimos, según los tipos impositivos aplicables. La rebaja fiscal prevista para gasolina sin plomo y gasóleo es de 20 céntimos por litro en octubre, 13 en noviembre y 6 en diciembre, con posibles ajustes vinculados al IPC.

El sistema de ayudas directas diferencia las cuantías según el vehículo, su combustible y, en determinados casos, su domicilio. En el transporte pesado de mercancías, se contemplan 1.800 euros para los camiones con autorización MDPE, masa máxima autorizada igual o superior a 7,5 toneladas y combustible GLP, GNC o GNL.

También corresponden 1.800 euros a los vehículos MDPE de ese mismo umbral de peso que utilicen gasóleo y estén domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla. Para los camiones MDPE con MMA inferior a 7,5 toneladas, la cuantía prevista es de 399 euros, mientras que las furgonetas con autorización MDLE tienen asignados 180 euros.

Las ayudas incluyen otros servicios de transporte. Las ambulancias VSE tienen una cuantía de 180 euros. En el taxi, se prevén 200 euros para vehículos de GLP, GNC o GNL, así como para los supuestos de gasóleo y domicilio territorial recogidos en el paquete. Los taxis de gasolina y los Eurotaxis de gasóleo tienen asignados 120 euros.

Los vehículos VTC de gasolina o gasóleo cuentan con 120 euros. La cuantía asciende a 200 euros para los VTC de GLP, GNC o GNL y para los de gasóleo domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla.

En autobuses, los importes son de 975 euros para los de GLP, GNC o GNL y de 1.000 euros para los de gasóleo domiciliados en esos territorios, tanto en las categorías interurbanas como urbanas especificadas.

El ámbito de actividades incluye el transporte de mercancías por carretera, los servicios de mudanza, las agencias de transporte y transitarios, los servicios de carga y descarga y otras actividades de mediación del transporte.

También abarca el transporte urbano colectivo, el transporte por autotaxis, el transporte de viajeros por carretera y el transporte sanitario en ambulancias. La relación incorpora otros servicios de transporte terrestre y la explotación de autopistas, carreteras, puentes y túneles de peaje. La identificación de la actividad y la categoría del vehículo resulta esencial para determinar la cuantía correspondiente a cada solicitud.

Las ayudas directas podrán solicitarse del 1 de noviembre al 31 de diciembre en la sede electrónica de la Administración Tributaria competente, indicando la cuenta bancaria para el ingreso. Los pagos comenzarán a partir del 1 de diciembre.

Determinadas cuantías podrán reducirse según la fiscalidad del gasóleo. Si transcurren tres meses desde el cierre del plazo sin pago, la solicitud podrá entenderse desestimada, con posibilidad de recurso.

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