Un camión que se dirige vacío al punto de carga puede circular sin DeCA, pero si lleva palés vacíos para entregarlos en la recogida, ese traslado debe documentarse. Es una de las cuatro consultas que ha resuelto el Ministerio de Transportes sobre el documento de control electrónico. Las otras tres precisan cómo consignar la cantidad transportada cuando se desconoce el peso exacto, cuándo sirve el documento de identificación de residuos y qué documentación corresponde al tramo por carretera de un transporte multimodal.
Cuándo necesita DeCA un camión que circula en vacío
La obligación depende de qué se ha contratado transportar. Un camión que se dirige vacío a recoger mercancía no necesita DeCA si no lleva contenedores, palés, cajas o envases que deba entregar en el punto de carga. Tampoco lo necesita una cisterna vacía que, tras descargar, se desplaza a una instalación de lavado.
El criterio cambia cuando el servicio consiste precisamente en devolver o reposicionar esos soportes vacíos. El apartado 4.8 de las condiciones generales de contratación, aprobadas por la Orden FOM/1882/2012, considera que el retorno de los soportes constituye un envío distinto. Debe documentarse tanto la devolución después de la entrega como el traslado de los soportes antes de la carga. Para estas operaciones, el Ministerio admite que un mismo DeCA recoja el envío de mercancías y el retorno o posicionamiento de los soportes.
Cómo indicar la cantidad cuando se desconoce el peso exacto
El artículo 6.d) de la Orden FOM/2861/2012 exige que figuren en el documento la naturaleza y el peso de la mercancía. Cuando las condiciones de carga dificultan conocer el peso exacto, Transportes admite que se indique la actividad y se utilice otra medida que permita estimar razonablemente la cantidad transportada.
Así, en una ruta de recogida de leche por varias explotaciones puede indicarse el volumen, mientras que en un traslado de animales vivos cabe consignar el número de cabezas de ganado. El criterio también se aplica a las recogidas de productos agrícolas, los movimientos de tierras y el suministro de áridos u hormigón preparado. Si se prevé utilizar prácticamente toda la capacidad del vehículo, el Ministerio permite indicar su masa máxima autorizada (MMA).
En los repartos con varios destinos, puede conocerse la carga total antes de salir y quedar pendiente cuánto se descargará en cada punto. En ese caso, el DeCA puede recoger la cantidad total y una estimación o medida adecuada para cada entrega parcial. Una vez conocidas las cantidades efectivas, deben actualizarse los datos del documento.
Cuándo sirve el documento de identificación de residuos como DeCA
El Ministerio distingue dos supuestos para que el documento de identificación (DI) del traslado de residuos cumpla el formato del DeCA. En ambos, el operador debe rellenar el campo de la matrícula del vehículo que efectúa el traslado.
| Tipo de traslado de residuos | Requisitos para que el DI cumpla el formato del DeCA |
|---|---|
| Sujeto a notificación previa | Basta con que el operador consigne la matrícula del vehículo en el campo correspondiente del DI. |
| Sin obligación de notificación previa | Además de consignar la matrícula, el operador debe cumplir los requisitos informáticos de los puntos primero a séptimo de la Resolución de 5 de junio de 2026. El DI debe generarse en PDF, alojarse en un repositorio y poder descargarse desde una dirección web incluida en un código QR en el propio documento. |
Qué documento corresponde al tramo por carretera de un transporte multimodal
Cuando un envío combina carretera con transporte marítimo, ferroviario o aéreo, el tramo que tenga la consideración de transporte público interior de mercancías por carretera requiere DeCA. El Ministerio basa este criterio en el artículo 68.1 de la Ley 15/2009, que somete cada fase del trayecto a las normas del modo de transporte correspondiente. Por tanto, a ese tramo por carretera se le aplica la Orden FOM/2861/2012.
El Ministerio distingue el caso del transporte Ro-Ro amparado por el Convenio CMR. Si el vehículo, remolque o semirremolque embarca con la mercancía a bordo y la travesía se realiza sin ruptura de carga, el artículo 2.1 del Convenio extiende su aplicación al conjunto del transporte. En ese supuesto, la carta de porte CMR es válida y no hace falta emitir un DeCA adicional.
