El Parlamento Europeo quiere fijar 30 días como plazo medio de pago y un régimen sancionador contra la morosidad

El Parlamento Europeo sigue avanzando en el nuevo Reglamento contra la Morosidad con el que pretende cambiar la realidad de las relaciones comerciales en la Unión Europea. Entre las medidas estrellas de esta normativa está la imposición de un plazo máximo de pago de 30 días y la creación de un régimen sancionado para los clientes morosos. Una manera de proteger a los autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) en todos los ámbitos de la economía, incluido el transporte de mercancías por carretera.

El punto clave de la tramitación del nuevo reglamento de morosidad es la postura adoptada por la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor del Parlamento Europeo en relación a los plazos de pago y el régimen sancionador, mucho más coherente y lógica respecto a propuestas anteriores. De hecho, más allá de reducir los plazos de pago a 30 días, la propuesta se ajusta bastante a la normativa existente en materia de morosidad en el transporte profesional en España.

A modo de resumen, la normativa pretende fijar un plazo de pago de 30 días tanto para las transacciones entre empresas (B2B) como entre una empresa privada y una Administración pública (G2B). Y sólo en el caso de transacciones entre empresas, previo registro en el contrato y con consentimiento de ambas partes, se podrá extender el plazo a 60 días. Si bien se dibuja alguna excepción puntual en los productos de baja rotación y estacionalidad (120 días), en esencia la ley es comparable casi punto por punto con la normativa ya existente en nuestro país.

Como es lógico, regular los plazos de pago sin establecer un régimen sancionador para aquellos clientes, intermediarios, empresas o Administraciones que paguen fuera de los límites sirve de nada. Es por ello que la propuesta incluye un régimen sancionador para morosos que incluye, entre otras cosas, el pago automático de intereses de demora de 50 a 150 euros según importe de la factura, así como por cada transacción abonada fuera de plazo. Todo esto al margen de las sanciones económicas que se fijen al respecto.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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