Las multas más sufridas por los transportistas en España y Portugal

Según una encuesta realizado por Wtransnet entre los asociados españoles y portugueses la principal infracción que cometen los conductores de tráiler y vehículos ligeros es no respetar los tiempos de conducción y descanso previstos por la ley.

Con una abrumadora mayoría, en España, conducir más de diez horas diarias ha sido la penalización que más han sufrido los transportistas, seguida por multas por exceso de velocidad, las anotaciones en el tacógrafo y hoja de registro, así como no realizar las pausas correspondientes tras cuatro horas de conducción.

En Portugal, después de no cumplir las horas de descanso, las infracciones más perseguidas han sido infringir los límites de velocidad, multas relacionadas con el acondicionamiento y documentación de la carga y, en último puesto, aquellas administrativas relativas al tacógrafo y hojas de registro.

Durante la campaña de vigilancia llevada a cabo por la DGT en febrero, la infracción más realizada fue precisamente el exceso de horas de conducción, que afectó a más de 1859 camiones. Además, casi 600 transportistas fueron sancionados por la falta de documentación del conductor o vehículo, 515 transportistas llevaban mal colocada la carga, 367 camiones no utilizaron bien el tacógrafo y 126 camioneros fueron expedientados por no llevar el cinturón de seguridad.

El ROTT establece una nueva infracción sobre el descanso

Ahora, el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) introduce una nueva infracción que afecta al descanso semanal normal: es obligatorio descansar más de 45 horas cada dos semanas de trabajo. Con esta medida se pretende terminar con la competencia desleal que se ejerce en algunos países, que obligan a sus conductores a vivir de forma casi permanente en el camión.

Las multas oscilan según la gravedad de la infracción siendo la más grave la reducción de nueve horas, que llega a ser multada con 2.000 euros. Si el descanso semanal disminuye más de tres horas pasa a definirse como infracción grave, con una pena económica de hasta 600 euros. Todos los demás casos se consideran infracciones de carácter leve y la multa no asciende a más de 200 euros.

El ROTT también aclara que solo los descansos diarios y aquellos semanales reducidos pueden ser realizados en la cabina del camión.

Los radares más peligrosos para el transportista

El exceso de velocidad es la segunda infracción que más sufren los conductores en España y Portugal. Son muchos los motivos que llevan a conducir más rápido de lo que marca la ley: la necesidad de entregar la carga cumpliendo los tiempos, el cansancio que a veces produce conducir lentamente en una vía que no parece peligrosa, adelantar a otro vehículo que nos obliga a ir a una velocidad inestable…. A veces, sin darnos cuenta de que nos ponemos en peligro nosotros mismos y al resto de la circulación.

Los radares fijos pretenden disuadirnos de pisar el acelerador. Por ello, la DGT informa de los radares que más conductores sancionan a lo largo del año. Los que más multas imponen están en Málaga, Madrid capital, Sevilla y Toledo. Así que recuérdalo cuando pases por estas ciudades.

Infracciones curiosas

Además de las infracciones conocidas por todos, hay algunos hábitos que también están penados económicamente. Aunque algunos existen por seguridad, como nunca repostar combustible con el vehículo encendido, las luces conectadas o la radio encendida, otras son de lo más sorprendentes.

Conducir con el brazo por la ventanilla o sin camiseta; pisar los pedales descalzo, con chanclas o tacones, que no solo implica una multa, sino la retirada de puntos del carnet. Además, solo se permite tocar el claxon en caso de emergencia o al adelantar a otro vehículo.

Pero quizás la multa más sorprendente es que está prohibido discutir o dar muestras de cariño dentro del vehículo, con multa de hasta 80 euros. Así que ya sabéis, sed todo lo cariñosos que queráis, pero siempre después de aparcar.

2 Comments

  • Daniel Ferreira

    24 junio, 2019 - 8:49 pm

    quantos puntos se retiran del carnet por conducir con tacones?

    • Jose Garcia

      25 junio, 2019 - 9:34 am

      Conducir sin calzado, o con uno inadecuado (chanclas o tacones, entre otros) es motivo de una sanción leve de 80 euros. A pesar de que no estén tipificadas en el RGC, el agente de tráfico puede considerar que conducir sin calzado puede interferir en el control del vehículo, que se refleja en el artículo 17.1 y el 18.1, que determina que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable: PLANES DE LA INFORMACIÓN PARA EL TRANSPORTE, S.L.
Finalidad: Moderar los comentarios a los artículos publicados en el blog
Legitimación: Consentimiento del interesado
Destinatarios: No se comunicarán datos a persona u organización alguna
Derechos: Tiene derecho a Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Plazo de conservación de los datos: Hasta que no se solicite su supresión por el interesado.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.