Francia actualiza los documentos de desplazamiento a portar por el COVID-19

El Gobierno de Francia, dirigido por Emmanuel Macron, ha actualizado la lista de documentos que es necesaria para realizar desplazamientos por su territorio. En esta línea, los conductores que se dedique el transporte de mercancías por carretera, tanto a nivel nacional como a nivel internacional, deberán portar ciertos documentos que justifiquen su actividad para poder moverse así con libertad durante el toque de queda que se extiende a diario desde las ocho de la tarde hasta las seis de la madrugada como medida para luchar contra la crisis sanitaria del COVID-19.

Las autoridades francesas han establecido nuevas medidas de control del virus, entre las que se encuentra un toque de queda entre las 20:00 horas y las 06:00 horas de la jornada siguiente, con la única excepción del día 24 de diciembre. Un toque de queda que no es obligatorio para el sector del transporte de mercancías por carretera, siempre que se porte los documentos que acrediten la actividad. En este aspecto, Francia ha pautado el uso de un nuevo modelo de declaración justificativa de desplazamiento profesional.

Esta declaración justificativa de desplazamiento profesional es de obligado uso para todos los conductores que tengan que llevar a cabo su actividad durante el horario del toque de queda. Los chóferes deberán portar además el certificado de conductor internacional y los distintos documentos habituales asociados a la actividad del transporte. En el caso de no portar esta declaración justificada y el resto de documentación habitual, los profesionales se exponen a multas desde los 135 euros hasta los 375 euros en caso de impago o incumplimiento del pazo de pago.

De igual modo, el Gobierno de Francia ha comunicado que las personas que incumplan este toque de queda de forma reincidente en un plazo de quince días podrán ser multados con sanciones que irán desde los 200 euros hasta los 450 en caso de impago o incumplimiento de pago en el plazo fijado. Por su parte, si el infractor recibe tres multas en un espacio menor a 30 días, la multa podrá ascender hasta los 3.750 euros, además de poder tener asociada una pena de seis meses de prisión.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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