Así son los ERTE y las ayudas a autónomos aprobadas por el Gobierno hasta septiembre

El Consejo de Ministros del pasado viernes 26 de junio ha dado validez a la prórroga en la aplicación de los Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y de las ayudas a los autónomos hasta el 30 de septiembre. Aunque los ERTE y este sistema de ayudas a los profesionales autónomos se ha venido aplicando desde la introducción del Estado de Alarma por la pandemia de COVID-19, cabe matizar que las condiciones se han modificado para esta prórroga, sobre todo en la intensidad de estas ayudas.

Los ERTE se han dividido en diferentes tipos. La figura del ERTE por fuerza mayor se mantiene, si bien recibe el nombre de ERTE de transición. Se aplica a las empresas que tengan problemas para reiniciar su actividad y las exoneraciones para los trabajadores suspendidos son decrecientes. Para las empresas con menos de 50 trabajadores, la exoneración será del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre. Para las empresas con más de 50 trabajadores, las exenciones serán del 50, 40 y 25%.

A su vez, aparece la figura de los ERTE parciales para las empresas que sólo han reincorporado a parte de su plantilla. Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, las exoneraciones serán de 60% para los trabajadores activados y del 35% para los no activados durante los meses de julio, agosto y septiembre. Para las compañías de más de 50 trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activos y del 25% para los no activados.

También existen ahora los ERTE basados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP). Siempre tendrá que ir ligados necesariamente a un ERTE de fuerza mayor y serán consecutivos a estos. Las condiciones son idénticas a la de los ERTE de fuerza mayor. Además, los ERTE por casos excepcionales de cierre por rebrote de la pandemia permitirán la exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social del 80% para los trabajadores inactivos, del 60% para los activos en caso de empresas de 50 empleados y del 60% para los inactivos y del 40% para los activos en empresas de mayor volumen.

Como norma general, sea cuál sea el tipo de ERTE aplicado, las empresas deberán garantizar el puesto a las personas afectadas por este expediente durante un periodo de seis meses. Con el ERTE en vigor, las empresas no podrán efectuar despidos, concertar nuevas contrataciones directas o a través de una ETT ni repartir dividendos. Tampoco se podrán externalizar ninguna labor de la compañía. A su vez, los trabajadores afectados por un ERTE no podrán realizar horas extra.

Respecto a las ayudas a los profesionales autónomos, los beneficiarios no tendrán que pagar la cuota de autónomos del mes de julio, tendrán una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Para aquellos autónomos cuya actividad aún sufra los efectos del COVID-19, se mantiene la figura del cese de actividad ordinario, siempre y cuando la facturación en el tercer trimestre sea un 75% más baja que la registrada en el mismo periodo del ejercicio anterior y las ganancias no superen los 1.939 euros mensuales.

La posibilidad del cese de actividad supone un beneficio económico de 930 euros al mes por trabajador, ya que supone una prestación equivalente al 70% de la base reguladora más la propia exoneración de las cuotas por contingencias comunes. Para el acceso a la misma no es necesario que termine el trimestre y se podrá solicitar en cualquier momento, por lo que el autónomo quedará sujeto a una verificación del cumplimiento de los requisitos. El profesional puede renunciar a la prestación si su actividad se recupera por encima del 75%.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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