¿Cuándo se inicia la obligación de registrar manualmente los pasos fronterizos para los chóferes?

El Paquete de Movilidad es una realidad tras su aprobación y puesta en marcha a mediados de 2020. Un nuevo reglamento que define el transporte de mercancías por carretera y que trae consigo importantes novedades, aunque algunas de ellas todavía están por entrar en vigor. En este aspecto, una de las disposiciones que son de nueva cuña es la obligatoriedad que tienen los conductores profesionales de registrar de forma manual los pasos fronterizos por los que circulan con sus vehículos de transporte.

Con el fin de ejercer un control más efectivo sobre el transporte de mercancías por carretera, la Unión Europea fijó la obligación de registrar manualmente los pasos fronterizos que realicen los conductores en sus servicios de transporte internacional. Una medida recogida de manera clara en el Reglamento 165/2014, en su artículo 34, apartado 6, letra F y artículo 34, apartado 7. Sobre esta base, el Paquete de Movilidad dispone que los conductores registrarán de forma manual el símbolo del país al que ingresan después de haber cruzado la frontera de un Estado miembro.

¿Desde cuándo es obligatorio realizar esta operación? En el caso de los vehículos equipados con un tacógrafo analógico, la obligación de registrar los pasos fronterizos se aplica desde el 20 de agosto, mientras que los conductores de vehículos equipados con tacógrafos digitales tendrán que realizar esta tarea de forma obligatoria a partir del 2 de febrero de 2022. En ambos casos, el conductor deberá detenerse en el punto más cercano posible tras el paso de la frontera para introducir el símbolo del país. Esto también se aplica a cruce de fronteras por vía marítima o ferroviaria.

La medida que obliga también a registrar desde el 20 de agosto de 2020 los países de inicio y final del periodo de trabajo diario para los conductores con vehículos equipados con tacógrafo analógico deja así muy claro los movimientos a realizar por los chóferes profesionales, incluso cuando se produzcan situación de ‘conducción en equipo’. En ese caso, además el reglamento fija cómo deben ser los periodos de descanso diarios y el concepto de periodo de disponibilidad, hecho que está asociado a este tipo de modalidad de transporte.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable: PLANES DE LA INFORMACIÓN PARA EL TRANSPORTE, S.L.
Finalidad: Moderar los comentarios a los artículos publicados en el blog
Legitimación: Consentimiento del interesado
Destinatarios: No se comunicarán datos a persona u organización alguna
Derechos: Tiene derecho a Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Plazo de conservación de los datos: Hasta que no se solicite su supresión por el interesado.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.