La Dirección General de Transporte por Carretera ha aprobado una excepción temporal a los tiempos de conducción y descanso para los profesionales del transporte de mercancías y viajeros afectados por la DANA ‘Alice’ en la fachada mediterránea. La Resolución, que se publicará en el BOE de forma inminente, busca mantener los suministros esenciales y la continuidad del servicio mientras duren los efectos del temporal. La decisión llega tras los episodios de lluvias muy intensas registrados en la Región de Murcia, Comunitat Valenciana, Cataluña e Illes Balears.
Qué cambia: ampliación de conducción y reducción de descansos
Con carácter estrictamente temporal y limitado, la Resolución modifica algunos umbrales del Reglamento (CE) n.º 561/2006 para facilitar la operativa en condiciones extraordinarias:
- Artículo 6.1: el límite diario pasa de 9 a 11 horas.
- Artículo 6.2: el límite semanal se eleva de 56 a 60 horas.
- Artículo 6.3: el límite bisemanal aumenta de 90 a 96 horas.
- Artículo 8.1: el descanso diario se reduce de 11 a 9 horas.
Estas modulaciones se amparan en las posibilidades de excepción por urgencia que prevé el propio Reglamento europeo en su artículo 14, utilizado en episodios de emergencia para garantizar la cadena logística. No alteran el resto de obligaciones del marco comunitario (tacógrafo, pausas y control).
Dónde se aplican: ámbito territorial
Las exenciones alcanzan a los conductores que hayan participado en operaciones de transporte (mercancías o viajeros) que hayan transcurrido en el territorio de la Región de Murcia, la Comunitat Valenciana, Cataluña o Illes Balears, siempre que dichas operaciones hayan estado afectadas por la DANA ‘Alice’. Se trata, por tanto, de una aplicación territorial y finalista, vinculada al impacto del episodio meteorológico.
Cuándo: un periodo muy acotado
El calendario fijado es preciso: desde las 00:00 del domingo 12 de octubre de 2025 hasta las 23:59 del martes 14 de octubre de 2025. Fuera de ese intervalo vuelven a regir los límites ordinarios del Reglamento 561/2006. El carácter limitado en el tiempo responde al objetivo de intervenir solo mientras dure la situación de emergencia asociada a la DANA.
La DANA ‘Alice’ ha dejado precipitaciones muy intensas y episodios de anegamientos en tramos clave del litoral levantino y Baleares, con impacto directo en la logística y el transporte público. En este contexto, el uso de las excepciones previstas en el artículo 14 del 561/2006 permite preservar el abastecimiento y evitar roturas de stock en sectores esenciales.
VIA: Fenadismer