315 transportistas autónomos recibirán 30.000 euros cada uno para cesar su actividad
La Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha hecho pública la Resolución de 22 de septiembre de 2025, en la que se aprueba el listado definitivo de beneficiarios de las ayudas al abandono de la actividad del transporte por carretera. Estas subvenciones están dirigidas a transportistas autónomos que deciden cesar de manera definitiva en el ejercicio de la profesión.
En el Anexo 1 de la Resolución se recoge el listado final de beneficiarios, mientras que en los Anexos 2 y 3 se detallan las solicitudes desestimadas, ya sea por agotamiento del crédito disponible o por incumplimiento de requisitos.
315 beneficiarios con una ayuda individual de 30.000 euros
De acuerdo con los datos recopilados por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), en esta convocatoria han sido beneficiados un total de 315 transportistas autónomos, que recibirán una ayuda individual de 30.000 euros.
Se trata de una medida que busca facilitar la retirada ordenada de profesionales veteranos, al tiempo que contribuye a la renovación generacional en el sector del transporte por carretera.
Próximos pasos para los beneficiarios
Quienes figuren en el listado definitivo deben presentar la documentación requerida a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes. Una vez validados los documentos, se procederá a iniciar el trámite de pago.
Entre la documentación exigida destacan:
- Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte público y de actividades auxiliares y complementarias.
- En su caso, compromiso de no utilizar el título de capacitación profesional en otra empresa del sector.
- Certificado de baja de la autorización expedido por la Comunidad Autónoma, en el que se indique expresamente la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
- Renuncia definitiva al permiso de conducción válido para vehículos de mercancías de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses, o bien copia compulsada del nuevo permiso de conducción.
El plazo máximo para presentar esta documentación finaliza el 22 de octubre de 2025.
Opciones para los solicitantes desestimados
En los casos en los que la solicitud haya sido rechazada, la normativa contempla la posibilidad de interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Resolución. De manera alternativa, también es posible presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.
Información y consultas
Para resolver cualquier incidencia o aclarar dudas, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha habilitado un formulario de contacto en su página web oficial:
Formulario de contacto ayudas abandono.
Fuente: CETM – https://www.cetm.es/publicado-el-listado-definitivo-de-los-beneficiarios-de-las-ayudas-al-abandono-de-la-actividad-del-transporte-2025/