Hacienda, las petroleras y los 5.000 millones del céntimo sanitario “encubierto”

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 27 de febrero de 2014, que declaró ilegal el llamado “céntimo sanitario” (Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, IVMDH, vigente entre 2002 y 2012), ha vuelto a situar en el centro del debate fiscal al sector de los hidrocarburos y, muy especialmente, al transporte profesional por carretera.

De la ilegalidad del céntimo sanitario al nuevo impuesto 2013-2018

Tras la eliminación del IVMDH en 2013, el Gobierno español puso en marcha un nuevo tramo autonómico del Impuesto Especial de Hidrocarburos, aplicable tanto a gasolina como a gasóleo, que ha estado vigente entre 2013 y 2018. Esta medida pretendía mantener, por una vía distinta, una parte de la recaudación que antes se obtenía con el céntimo sanitario, pero ajustándose a las exigencias del Derecho comunitario.

Sin embargo, diferentes organizaciones y expertos fiscales han advertido de que la estructura y finalidad recaudatoria de este nuevo gravamen autonómico podrían reproducir, en la práctica, el esquema declarado ilegal por el TJUE. Si finalmente se confirmara su incompatibilidad con la normativa europea, las implicaciones económicas serían de enorme calado.

Un posible “regalo” de 5.000 millones a las petroleras

En ese contexto, se ha señalado que Hacienda podría terminar “regalando” hasta 5.000 millones de euros a las compañías petroleras, en lugar de revertir esos importes a quienes realmente soportaron el coste del impuesto: los consumidores finales, entre ellos, de forma muy destacada, las empresas de transporte de mercancías por carretera.

El riesgo radica en que, si se declarase ilegal este tramo autonómico del Impuesto de Hidrocarburos, los sujetos que tienen la capacidad jurídica para reclamar directamente a la Agencia Tributaria serían las empresas distribuidoras de carburantes, ya que son ellas las que figuran formalmente como contribuyentes del impuesto ante Hacienda.

Impacto directo para el transporte de mercancías por carretera

Para el transporte profesional, el combustible es uno de los principales costes operativos. Cualquier recargo fiscal, aunque sea de unos pocos céntimos por litro, tiene una incidencia directa en tu cuenta de resultados, en la competitividad de tu empresa y en la viabilidad de determinadas rutas.

Entre 2013 y 2018, el tramo autonómico del Impuesto de Hidrocarburos ha supuesto, en la práctica, una carga añadida sobre el gasóleo profesional que ha encarecido millones de repostajes de camiones y vehículos comerciales. Si ese recargo se declara finalmente contrario al Derecho de la Unión, la cuestión clave será quién recupera el dinero.

Las asociaciones del sector advierten de que, si no se articula un mecanismo específico para que los transportistas recuperen las cantidades indebidamente pagadas, el proceso de devolución podría quedarse, en gran medida, en manos de las petroleras, que serían quienes formalmente reclamasen a Hacienda.

Ante este escenario, las organizaciones representativas del transporte reclaman que cualquier eventual devolución se traslade de forma efectiva a los consumidores finales del carburante, y no quede inmovilizada en la cadena de distribución. Para ti, como profesional del transporte de mercancías por carretera, estar al tanto de la evolución jurídica y fiscal de este asunto es esencial para defender los intereses económicos de tu empresa.

En los próximos meses, las decisiones que se adopten a nivel nacional y europeo en materia de fiscalidad de hidrocarburos pueden marcar la diferencia entre que miles de millones de euros regresen al tejido productivo —incluido el transporte por carretera— o que terminen consolidándose como un beneficio extraordinario en manos de las grandes compañías petroleras.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.