La Confederación General del Trabajo (CGT) ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo el Real Decreto de coeficientes reductores para la jubilación anticipada en trabajos penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres, aprobado esta semana por el Gobierno. El sindicato ha publicado una nota de prensa a través de su página web donde exponer las causas por la que impugnará el decreto.
Según CGT, el Gobierno ha aprobado recientemente el Real Decreto 402/2025, un reglamento que, lejos de avanzar en la protección de los trabajadores expuestos a condiciones laborales extremas, representa un grave retroceso en derechos sindicales y en el acceso a la jubilación anticipada sin penalización económica.
Este nuevo reglamento, publicado con el respaldo de la patronal, CCOO y UGT, viene a reemplazar al ya deficiente Real Decreto 1698/2011, que regulaba la aplicación de coeficientes reductores para permitir la jubilación anticipada en sectores con elevada toxicidad, peligrosidad, siniestralidad o penosidad. Sin embargo, lejos de mejorar el procedimiento, el Real Decreto 402/2025 impone nuevas trabas que, en la práctica, dificultan e incluso imposibilitan su aplicación efectiva.
Una de las principales críticas es la exigencia de solicitud conjunta entre organizaciones sindicales y empresariales, lo cual supone, según CGT, una clara vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical. “Se desnaturaliza y se vacía de contenido la autonomía sindical al someter la acción sindical a la voluntad de las empresas”, denuncia el sindicato. Esta imposición contradice la Sentencia 1333/2023 del Tribunal Supremo, que ya se pronunció contra esta exigencia, al considerar que condiciona ilegítimamente la acción sindical.
Otro punto crítico es que la participación en el procedimiento se limita a los sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico, dejando fuera a organizaciones con fuerte representación en sectores específicos. Esta exclusión, ya considerada inconstitucional por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 22 de octubre de 2012, restringe el pluralismo sindical y contraviene el principio de igualdad en la defensa de los intereses de los trabajadores.
Además, el Decreto exige la presentación del número de identificación fiscal de los trabajadores afectados en un plazo de 20 días, bajo amenaza de archivo del expediente. Una medida que hace inviable el procedimiento, dada la complejidad de recopilar tal información en tan corto plazo.
A ello se suma que, aunque se establece un plazo de resolución de seis meses, el procedimiento queda sujeto a silencio administrativo negativo. Es decir, si el Ministerio de Seguridad Social no responde en ese tiempo, la solicitud se entenderá desestimada. Esta previsión abre la puerta a una avalancha de recursos contenciosos, especialmente considerando el historial de inactividad administrativa en expedientes como el del amianto o la Petroquímica.
Asimismo, se crean dos órganos de decisión —uno para evaluar la dimensión de género y otro para determinar los coeficientes reductores— con participación restringida exclusivamente al Ministerio de Seguridad Social, la patronal, CCOO y UGT. Se excluye así a otros sindicatos representativos del sector, perpetuando un modelo poco plural y poco democrático en la toma de decisiones que afectan a la salud y derechos laborales de miles de trabajadores.
Desde CGT se denuncia que este Real Decreto institucionaliza las trabas administrativas que ya venía imponiendo la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo, y revierte por decreto los avances conseguidos en los tribunales en los últimos años. “No vamos a dejar de luchar. Ya estamos preparando la impugnación directa del Real Decreto 402/2025 ante el Tribunal Supremo”, afirman desde el sindicato.
CGT recuerda que lleva más de una década peleando por los coeficientes reductores en sectores de riesgo, tanto en el plano judicial como en el sindical. “Tenemos el deber de conquistar el derecho a que la clase trabajadora pueda jubilarse sin morir, sin enfermar, en condiciones dignas”, concluyen.