La reciente aplicación del Real Decreto-ley 7/2026 introduce cambios relevantes en la forma de calcular la revisión del precio del transporte en función del combustible, un elemento clave en la estructura de costes del sector.
Este ajuste no solo responde a la volatilidad del precio del gasóleo, sino también a las medidas fiscales adoptadas en el contexto internacional. Las empresas transportistas deberán adaptar sus contratos y sistemas de cálculo para garantizar la correcta aplicación de la normativa vigente, evitando desviaciones económicas.
Cómo funciona la cláusula de revisión del precio del transporte
La legislación española, concretamente la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre, establece que el precio del transporte debe ajustarse automáticamente cuando varía el coste del combustible entre la contratación y la ejecución del servicio.
Esta revisión se basa en una fórmula oficial recogida en la Orden FOM/1882/2012, donde la variable clave es el índice de variación del precio del gasóleo (variable G). Este índice refleja el cambio en el precio medio del combustible en el periodo considerado.
Sin embargo, el RDL 7/2026 introduce un matiz fundamental:
durante la vigencia de las medidas fiscales extraordinarias, el cálculo debe realizarse tomando como referencia el precio del gasóleo sin impuestos (PAI).
Este ajuste busca evitar distorsiones derivadas de cambios temporales en impuestos como el IVA o el Impuesto sobre Hidrocarburos.
El umbral del 5%: cuándo es obligatoria la revisión
Uno de los aspectos más relevantes para empresas y cargadores es el umbral que activa la revisión del precio. Según la normativa:
- La revisión es obligatoria cuando la variación del combustible alcanza o supera el 5%.
- Este porcentaje puede ser inferior si así se acuerda previamente por escrito entre las partes.
En contratos de transporte continuado, la actualización se aplica automáticamente con carácter trimestral, salvo que se pacte una periodicidad distinta.
Este mecanismo garantiza transparencia y equilibrio económico, evitando que una de las partes asuma en solitario el impacto de las fluctuaciones energéticas.
Ayudas al combustible: sin impacto directo en la fórmula
A pesar de las ayudas públicas al gasóleo incluidas en el RDL 7/2026, estas no afectan directamente al cálculo de la revisión del precio del transporte.
La razón es clara: la fórmula toma como referencia el precio medio en surtidor, independientemente de las ayudas recibidas por los transportistas.
Esto implica que, aunque las ayudas alivien temporalmente los costes, no alteran el mecanismo contractual de revisión de tarifas.
Herramientas oficiales para facilitar el cálculo
Para simplificar la aplicación de esta normativa, el Ministerio de Transportes pone a disposición del sector herramientas digitales que permiten calcular automáticamente la revisión de precios.
