ATA denuncia al Gobierno por no aplicar el IVA franquiciado que exige la UE
La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea contra el Gobierno de España por no haber implementado todavía el nuevo régimen de IVA franquiciado para autónomos, una medida obligatoria derivada de la normativa comunitaria que debía estar en vigor desde el pasado 1 de enero de 2025.
¿En qué consiste el IVA franquiciado para autónomos?
El sistema de IVA franquiciado es una figura prevista en la normativa europea que permite que los trabajadores autónomos con una facturación anual inferior a un determinado umbral queden exentos de repercutir y declarar el IVA en sus operaciones. A cambio, estos profesionales tampoco pueden deducirse el IVA soportado en sus compras y gastos.
La Unión Europea fija un límite máximo de facturación de 85.000 euros anuales para poder acogerse a este régimen especial, si bien cada Estado miembro puede establecer un umbral inferior según sus propias circunstancias económicas y fiscales. La decisión sobre el límite concreto corresponde a cada país, pero la obligación de implantar el sistema es de carácter comunitario.
Obligación de aplicación desde el 1 de enero de 2025
La normativa comunitaria establece que todos los Estados miembros debían tener operativo el régimen de franquicia en el IVA para pequeños empresarios a partir del 1 de enero de 2025. Sin embargo, según denuncia ATA, el Gobierno español no ha adoptado aún las medidas legales y reglamentarias necesarias para ponerlo en marcha.
Esta inacción supone, a juicio de la organización de autónomos, un incumplimiento directo de la legislación europea y una discriminación respecto a los autónomos de otros países de la UE que ya pueden beneficiarse de esta figura. De ahí que ATA haya decidido elevar la situación a la Comisión Europea mediante una denuncia formal.
Reclamaciones de ATA y advertencia sobre la pérdida de ingresos
ATA considera que la introducción del IVA franquiciado es una medida clave para aliviar la carga administrativa y fiscal que soportan miles de autónomos con bajos niveles de facturación, especialmente en sectores como el transporte de mercancías por carretera, donde abundan los pequeños empresarios y profesionales que trabajan en régimen de autónomo.
Además, la federación subraya que, si el Gobierno no aplica este régimen en los términos exigidos por la UE, España se arriesga a enfrentarse a un procedimiento de infracción y a tener que responder por el perjuicio causado a los autónomos que no han podido acogerse a un sistema fiscal más ventajoso que ya está reconocido a nivel europeo.
Impacto potencial en el sector del transporte de mercancías
En el ámbito del transporte de mercancías por carretera, la implantación del IVA franquiciado podría suponer un cambio relevante para muchos profesionales que facturan por debajo del umbral que fije finalmente el Gobierno. Para este perfil de autónomos, dejar de repercutir el IVA puede simplificar su gestión administrativa y hacer sus servicios más competitivos frente a otros operadores.
Sin embargo, también implica renunciar a la deducción del IVA soportado en la compra de vehículos industriales, combustible, peajes, mantenimiento y otros gastos habituales de la actividad. Por ello, la conveniencia de acogerse a este régimen deberá evaluarse en función de la estructura de costes y el volumen de facturación de cada transporte autónomo.
ATA exige seguridad jurídica y calendario claro
ATA reclama al Ejecutivo que aclare con urgencia el calendario de aplicación del IVA franquiciado, así como el umbral de facturación que se adoptará en España. La federación insiste en que los autónomos necesitan seguridad jurídica y previsión para planificar su actividad económica y tomar decisiones informadas sobre su régimen fiscal.
Mientras tanto, la denuncia ante la Comisión Europea pretende acelerar la reacción del Gobierno y garantizar que los trabajadores por cuenta propia en España puedan acceder, en igualdad de condiciones, a un régimen simplificado de IVA que ya está reconocido y amparado por la normativa comunitaria.
