Las empresas de transporte de mercancías peligrosas deberán tener en cuenta durante el mes de mayo de 2026 distintas restricciones a la circulación que afectarán a varias jornadas festivas, domingos y fechas concretas en determinados territorios.
Según la información facilitada, las limitaciones conocidas para este periodo afectan al conjunto de España, incluyendo País Vasco, Cataluña y Navarra, con particularidades específicas en la Comunidad de Madrid, Canarias, Ceuta y Melilla. La planificación de rutas será clave para evitar incidencias operativas y garantizar el cumplimiento de los horarios restringidos.
Restricción pendiente de abril: jueves 30 de abril
Antes del inicio de mayo, el calendario contempla una restricción el jueves 30 de abril de 2026, víspera del festivo estatal del 1 de mayo.
Ese día, la circulación de mercancías peligrosas estará restringida de 16.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas, incluyendo País Vasco, Cataluña y Navarra.
Esta limitación deberá tenerse especialmente en cuenta en las operaciones previstas durante la tarde del jueves, ya que enlaza directamente con el festivo nacional del Día del Trabajo.
1 de mayo: festivo estatal por el Día del Trabajo
El viernes 1 de mayo de 2026, con motivo del festivo estatal del Día del Trabajo, se aplicará una restricción general de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas, incluidas País Vasco, Cataluña y Navarra.
La excepción se encuentra en la Comunidad Autónoma de Madrid, donde la restricción será de 8.00 a 15.00 horas, al tratarse del primero de dos festivos consecutivos.
Por tanto, las empresas que tengan rutas con origen, destino o tránsito por Madrid deberán diferenciar este horario del aplicado en el resto del territorio.
Sábado 2 de mayo: sin restricción general
El sábado 2 de mayo de 2026 no habrá restricción por sábado en todas las comunidades autónomas, incluidas País Vasco, Cataluña y Navarra.
Tampoco habrá restricción en la Comunidad de Madrid, pese a ser festivo autonómico, al encontrarse entre varios festivos consecutivos: el viernes 1 de mayo y el domingo 3 de mayo.
Esta jornada podrá ser relevante para reorganizar operaciones afectadas por las limitaciones del 30 de abril y del 1 de mayo.
Domingos de mayo con restricción de 8.00 a 24.00 horas
Durante mayo de 2026, los domingos mantendrán restricciones de circulación para mercancías peligrosas en todas las comunidades autónomas, incluidas País Vasco, Cataluña y Navarra.
Las fechas afectadas serán:
Domingo 3 de mayo
Restricción de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas.
Domingo 10 de mayo
Restricción de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas.
Domingo 17 de mayo
Restricción de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas.
Domingo 24 de mayo
Restricción de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas.
Domingo 31 de mayo
Restricción de 8.00 a 24.00 horas en todas las comunidades autónomas.
Estas limitaciones obligan a ajustar salidas, entregas y descansos, especialmente en tráficos de largo recorrido o rutas que atraviesen varias comunidades.
Restricciones específicas en Ceuta, Melilla y Canarias
Además de las restricciones generales, el calendario incluye dos situaciones territoriales específicas.
El miércoles 27 de mayo de 2026 habrá restricción de 8.00 a 24.00 horas en Ceuta y Melilla por festivo.
Por su parte, el sábado 30 de mayo de 2026 no habrá restricción en las comunidades autónomas, salvo en Canarias, donde se aplicará una limitación de 8.00 a 15.00 horas por ser el primero de dos festivos consecutivos.
