España abre la puerta a cargar hasta 44 toneladas en transporte nacional y reordena varias reglas de masas y dimensiones. El cambio, ya en vigor, llega con matices operativos (ITV, documentación, itinerarios y excepciones) que conviene entender para aprovecharlo sin riesgos ni sanciones. A continuación, desgranamos lo esencial del dossier conjunto de Transportes, Interior e Industria y la nota de AECA-ITV.
¿Qué cambia exactamente?
- MMA de conjunto: 44 t para vehículos de mercancías en ámbito nacional, con actualización de límites por eje (eje motor hasta 12 t). No es un requisito técnico alcanzar 12 t por eje para poder circular a 44 t, siempre que no se supere la MMTA/MMA que figure en la tarjeta ITV.
- Excepciones: en intermodal nacional se permiten 46 t en ciertas combinaciones; para madera en rollo también se prevén masas específicas, atendiendo a masa de conjunto y por eje (sin exigir que cada vehículo por separado aumente su MMA). En internacional rige la Directiva 96/53/CE (por ejemplo, 44 t en 3+2/3+3, 42 t en 2+3). La excepción de 46 t queda circunscrita al transporte intermodal con origen/destino en España.
- Altura: los 4,5 m de altura se aplican a camiones y articulados (p. ej., contenedores/ULD). Trenes de carretera y euro-modulares no entran en esa excepción. En vacío, los portacontenedores que por construcción solo pueden llevar contenedor podrán circular a 4,5 m.
ITV y documentación: cómo se anota
No hace falta reformar el vehículo para anotar las nuevas masas si la técnica lo permite. La anotación se hará en la primera ITV periódica posterior al 23/10/2025; hasta ese primer paso por ITV se puede circular con las nuevas masas, dentro de España. AECA-ITV estima más de 350.000 anotaciones en los próximos meses. Las tasas de registro/duplicados no son gratuitas.
Clave técnica: MTMA frente a MMA
Para inscribir nuevos valores se tomará el mínimo entre MMA y MTMA. Si la tarjeta ITV es antigua y no refleja MTMA, valdrá un certificado del fabricante; si el fabricante ya no existe, puede emitirlo el servicio técnico de homologación. En semirremolques triaxiales, si no hay límite de MMA, podrá trasladarse la MTMA (p. ej., 39.000 kg).
Euro-modulares: adiós a la autorización, hola a la red de itinerarios
Deja de exigirse permiso específico de Tráfico (también en CCAA con competencias como Cataluña, País Vasco o Navarra). Solo podrán circular por la “red de itinerarios” que aprobará la Administración, con restricciones por tramo según geometría y seguridad; no habrá autorizaciones individuales para salirse de esa red. Se considera euro-modular todo conjunto de dos módulos con al menos siete líneas de ejes, con masas y dimensiones propias (hasta 72 t y 32 m, según tabla), pero solo por la red señalada.
Ámbito nacional vs. internacional y cabotaje
- Nacional: aplican los nuevos límites del anexo IX (44 t/46 t en supuestos citados).
- Internacional (no intermodal) y tránsito UE: límite general 40 t y masas por eje según 96/53/CE.
- Cabotaje en España por vehículos matriculados en la UE: se ajustan a la normativa nacional vigente. No hay obligación de terceros actores de aportar datos extra al transportista para intermodal (no se prevé cambiar la FOM 2861/2012 en este punto).
