Restricciones de circulación para camiones en Cataluña en 2026 según la información publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya según la resolución ISP/300/2026 por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2026.
El nuevo esquema afecta a camiones de más de 7.500 kg, transportes especiales, vehículos ADR y también introduce normas específicas por meteorología, carriles bus-VAO y accesos al Valle de Arán. A continuación, se recogen las claves, para que empresas y conductores puedan planificar rutas, descansos y ventanas de entrega con mayor precisión.
Camiones de más de 7.500 kg: restricción general y obligación de itinerario
La norma parte de una idea base: los vehículos o conjuntos de vehículos de mercancías de todo tipo que superen los 7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima del conjunto (MMC) no pueden circular según lo previsto en el anexo A. Además, cuando estos vehículos circulan de paso o en tránsito por Cataluña, están obligados a circular por la red de autopistas o autovías. Solo se permite abandonarlas por razones operativas: carga, descarga, descanso, mantenimiento o reparaciones, utilizando el trayecto más corto en el sentido de la marcha.
Euromodulares: foco en la AP-7 y horarios de fin de semana
En el caso de los conjuntos euromodulares, se fijan restricciones concretas en la autopista AP-7 entre el PK 84+500 (Maçanet de la Selva) y el PK 281+000 (L’Hospitalet de l’Infant):
- Viernes tarde, de 17 a 22 horas.
- Sábados mañana, de 10 a 14 horas.
- Domingos tarde, de 17 a 22 horas.
Estos horarios también se aplican de forma análoga en puentes, festivos y vísperas de días festivos. Y para determinar por qué vías pueden circular estos conjuntos, hay que atenerse a lo previsto en el anexo F. En todo caso, están exentos los vehículos o conjuntos afectados que cumplan los requisitos del anexo B.
Transporte especial y vehículos especiales: restricciones ampliadas y tramos críticos
Además de las restricciones por masa, los vehículos en régimen de transporte especial y los vehículos especiales tienen limitaciones adicionales en toda la red viaria interurbana de Cataluña:
- Vísperas de festivos miércoles o jueves de 16 a 24 horas.
- Domingos y festivos, no sábados, de 8 a 24 horas.
- Festivos consecutivos incluidos domingos: el primer día de 8 a 15 horas, el último día de 8 a 24 horas (días intermedios no restringidos) y la víspera de festivos consecutivos, de 16 a 24 horas.
Cuando exceden el ancho del carril: dos zonas especialmente controladas
Si las dimensiones exceden el ancho del carril, se suman restricciones por tramos en la AP-7:
- Enlace en Barberà del Vallès: AP-7, de lunes a viernes, de 6 a 10 horas y de 16 a 20 horas, entre los tramos del PK 125 y el PK 161,5, en ambos sentidos.
- Tarragona: AP-7, de lunes a viernes, de 6 a 10 horas y de 16 a 20 horas, entre los tramos del PK 257 (enlace Vila-seca – Salou) y el PK 281 (L’Hospitalet de l’Infant), en ambos sentidos.
Exenciones concretas
Están exentos:
a) Vehículos destinados a extinción de incendios, salvamento o mantenimiento de carreteras.
b) Vehículos que realicen asistencia a vehículos averiados o accidentados.
c) Vehículos con acreditación documental de servicio vinculado a programación administrativa municipal.
d) Todos los vehículos agrícolas.
e) Con activación de planes de protección civil o planes Alfa contra incendios, se permite circular por autopistas y autovías, aunque no puedan desarrollar una velocidad mínima o sean agrícolas, pero deben doblar la señalización luminosa rotativa V-2 en la parte posterior y situarla de forma lo más visible posible.
Mercancías peligrosas con panel naranja: mismo calendario y exención por anexo
Los vehículos que realizan transporte de mercancías peligrosas con panel naranja obligatorio, además de las restricciones por masa, tienen estas restricciones en toda la red viaria interurbana:
- Vísperas de festivos miércoles o jueves de 16 a 24 horas.
- Domingos y festivos, no sábados, de 8 a 24 horas.
- Festivos consecutivos incluidos domingos: primer día de 8 a 15 horas, último día de 8 a 24 horas (días intermedios no restringidos) y la víspera de festivos consecutivos, de 16 a 24 horas.
Están exentos los vehículos que transporten mercancías peligrosas en los términos y condiciones del anexo C.
Rutas obligatorias ADR: prioridad a vías desdobladas y anexo D
Los vehículos y conjuntos con paneles naranja ADR deben circular prioritariamente por vías desdobladas y otros tramos descritos en el anexo D. Para rutas de orígenes y destinos (carga/descarga, base logística, descanso preceptivo, taller, lavadero oficial de cisternas, aparcamiento habilitado, estación de combustible u otros lugares imprescindibles), se puede consultar el calculador ximp.gencat.cat. En caso de discrepancia, prevalece lo previsto en el anexo D.
Además, la señalización vertical R-108, R-109 o R-110 debe respetarse siempre, salvo necesidad de completar una carga o descarga justificada. Y en túneles, el paso queda limitado o prohibido según el código del túnel, conforme a las categorías del ADR.
Meteorología y planes de protección civil: carril derecho y sin adelantamientos
Con niebla espesa (menos de 150 metros de visibilidad), viento arreciado, lluvia intensa o cualquier nevada, los autobuses, todos los conjuntos de vehículos y los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg están obligados a circular por el carril más a la derecha y se prohíbe expresamente adelantar a vehículos más lentos o parados temporalmente.
Si se activa un plan especial de emergencias de protección civil, se podrá restringir la circulación de vehículos ADR de más de 7.500 kg (MMA o MMC) y de vehículos articulados, pudiendo hacerlos estacionar de forma segura fuera de la vía hasta autorización. Para el resto de vehículos de más de 7.500 kg, la restricción se determinará según las condiciones de la activación.
Carriles bus-VAO y bus: quién puede entrar y quién no
En las calzadas bus-VAO de la C-58CC (carriles centrales segregados de la C-58 entre Ripollet y Barcelona) y de la C-31 norte en Badalona, cuando estén abiertos por señalización variable, solo pueden circular:
- Vehículos de transporte de viajeros con autorización administrativa (con pasaje o de vacío).
- Turismos con dos o más ocupantes (incluido el conductor).
- Mixtos adaptables con dos o más ocupantes (incluido el conductor).
- Motocicletas.
- Turismos o mixtos adaptables con señal V-15 visible para personas con movilidad reducida reconocida, con documentación acreditativa.
No está permitida en ningún supuesto la circulación de vehículos o conjuntos destinados al transporte de mercancías de más de 7.500 kg.
Además, turismos, mixtos adaptables o vehículos de transporte de mercancías hasta 3.500 kg de MMA o MMC pueden utilizar el carril bus-VAO si llevan visible en el cristal delantero (lado derecho inferior) distintivo ambiental 0 o ECO.
En el carril bus de la B-23 (entre Sant Feliu de Llobregat y Barcelona), solo pueden circular vehículos de transporte de viajeros con autorización administrativa (con pasaje o de vacío). Y los vehículos policiales, de extinción de incendios, protección civil, asistencia sanitaria, conservación y mantenimiento (infraestructura vial y gestión del tráfico) y auxilio en carretera pueden circular por el carril bus-VAO.
Accesos a Arán: prohibiciones por fechas, sentido y horarios
Los vehículos o conjuntos que superen los 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular en:
- N-230 del PK 116 y todo el tramo catalán hasta el PK 187 en Bausen (frontera francesa).
- C-28 del PK 23 Vielha e Mijaran al PK 34 Salardú.
Calendario de restricciones:
- Reyes: Martes 06/01, de 13 a 20 horas, sentido Lleida.
- De enero a marzo: Viernes, de 17 a 24 horas, sentido Francia. Domingos, de 13 a 20 horas, sentido Lleida.
- Semana Santa: Jueves Santo 02/04, de 17 a 24 horas, sentido Francia. Viernes Santo 03/04, de 8 a 13 horas, sentido Francia. Lunes de Pascua 06/04, de 13 a 20 horas, sentido Lleida.
- Julio y agosto: Domingos, de 17 a 22 horas, sentido Lleida.
- El Pilar: Viernes 09/10, de 17 a 24 horas, sentido Francia. Lunes 12/10, de 13 a 20 horas, sentido Lleida.
- Diciembre: Viernes, entre el 04/12 y el 18/12, de 17 a 24 horas, sentido Francia. Domingos, de 13 a 20 horas, sentido Lleida. Martes 08/12, de 13 a 20 horas, sentido Lleida. Jueves 24/12 y 31/12, de 17 a 24 horas, sentido Francia.
Exenciones en Arán
Están exentos:
a) Los previstos en el anexo B.
b) Los viernes de invierno de 17 a 24 horas en la N-230 sentido Francia, también los desplazamientos con destino a residencia habitual del conductor, lugar de domiciliación de los vehículos o base de la empresa transportista.
c) Vehículos con productos perecederos según el anexo 3 del ATP (actualizado el 1 de junio de 2024) y verduras y frutas frescas según el anexo 1 del ATP, siempre que supongan como mínimo la mitad de la capacidad o la mitad del volumen de carga útil. Se entiende por productos perecederos:
I. Leche cruda.
II. Carnes rojas y caza mayor (exceptuados los despojos rojos).
III. Productos cárnicos, leche pasteurizada, productos lácteos frescos (yogures, kéfir, nata y queso fresco), comidas precocinadas (carne, pescado, verduras), verduras crudas listas para consumir y preparados de verduras, zumos de frutas concentrados y productos a base de pescado no enumerados a continuación.
IV. Caza (exceptuada la caza mayor), aves y conejos.
V. Despojos rojos.
VI. Carne picada.
VII. Pescados, moluscos y crustáceos no tratados.
Restricciones permanentes: N-II, N-240, N-340 y un punto negro en Olot
Los vehículos o conjuntos de mercancías de más de 26 toneladas no pueden circular, en ambos sentidos, por:
- N-II del PK 773,5 (La Jonquera) al PK 709,0 (Fornells).
- N-240 del PK 87,4 (Lleida) al PK 36,5 (Montblanc).
- N-340 del PK 1058,4 (Alcanar) al PK 1122,0 (L’Hospitalet de l’Infant).
- N-340 del PK 1176,4 (Altafulla) al PK 1209,5 (Vilafranca del Penedès).
Exenciones:
a) Carga/descarga, residencia habitual, domiciliación/base, descanso, reparación, avituallamiento o mantenimiento, por el trayecto más corto en el sentido de la marcha.
b) Asistencia en carretera.
c) Autorización especial de circulación.
Por falta de señalización adecuada, se prohíbe también la circulación de vehículos de más de 7,5 toneladas, transporte especial y vehículos especiales en:
- C-153 del PK 60,9 (Olot) al PK 61,9 (Olot).
Con exenciones idénticas: trayecto mínimo por necesidad operativa, asistencia en carretera o autorización especial.
Eventos y obras: cuándo no se autoriza y qué se puede excepcionar
No se autorizará o quedará suspendida cualquier prueba deportiva, marcha ciclista, evento de vehículos históricos u otro uso excepcional si:
- Supone el uso de autopistas, autovías, vías desdobladas o vías preferentes, salvo tramos imprescindibles sin alternativa justificada; se podrán autorizar eventos históricos si pueden desarrollar la velocidad mínima necesaria.
- Coincide con tramos y días del anexo E.
- Coincide con elecciones o referéndum.
Con planes de protección civil o plan Alfa activados, se aplicará lo que determinen dichos planes.
Se pueden admitir exenciones si se justifica documentalmente que se trata de actividades federadas incluidas en calendarios internacionales, marcado carácter tradicional, finalidad social importante o impacto territorial acentuado.
En obras y conservación:
a) No se admite ocupar carriles o arcenes en vías incluidas en la relación del anexo A.
b) En infraestructuras viarias metropolitanas no se pueden ejecutar trabajos con afectación sustancial: laborables no sábados 6 a 22, sábados 10 a 14, domingos y festivos 17 a 22. Afecta al perímetro C-60 (Mataró–Granollers), AP-7 (Granollers–Vilafranca del Penedès) incluyendo B-30, C-15 (Vilanova i la Geltrú–Vilafranca del Penedès) y también C-17 del PK 0 al PK 63 (antes 64).
En operaciones especiales: día de salida 6 a 22, día siguiente 10 a 14, día de regreso 17 a 22, ampliando perímetro a B-40 hasta Martorell, C-58 hasta enlace con B-40 y C-16 desde B-40 hasta enlace con AP-7.
Se pueden admitir excepciones por urgencia debidamente justificada.
Situaciones excepcionales y limitaciones de velocidad y adelantamiento
La Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra y la Subdirección General de Gestión del Tráfico pueden permitir la circulación por razones excepcionales, de emergencia o de servicio público.
En cuanto a limitaciones:
- Si existen limitaciones, los vehículos pesados y autobuses con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular a 80 km/h.
- Los conjuntos euromodulares deberán circular siempre por la derecha y no podrán adelantar.
- Viernes y domingos de 17 a 22, y sábados de 10 a 14, los vehículos pesados y autobuses (≥7.500 kg) deberán circular por la derecha sin adelantar en la AP-7 entre Sant Celoni (PK 111) y Vilafranca del Penedès (PK 200), en ambos sentidos. Estas limitaciones se aplican también en:
Reyes (Martes 06/01) T; Semana Santa (Jueves Santo 02/04) T; Viernes Santo 03/04 M; Lunes de Pascua 06/04 T; 1 de Mayo (Jueves 30/04) T, Viernes 01/05 M, Domingo 03/05 T; Segunda Pascua (Viernes 22/05) T, Sábado 23/05 M, Lunes 25/05 T; San Juan (Martes 23/06) T, Miércoles 24/06 T; La Diada (Jueves 10/09) T, Viernes 11/09 M, Domingo 13/09 T; La Inmaculada Concepción (Viernes 04/12) T, Sábado 05/12 M, Domingo 06/12 T, Lunes 07/12 T, Martes 08/12 D.
Con definiciones: M (10 a 14), T (17 a 22), D (10 a 22). - Todos los domingos del 04/01 al 12/04 y del 06/12 al 27/12, de 17 a 22, los vehículos pesados y autobuses (≥7.500 kg) deben ir por la derecha sin adelantar en la A-2 entre Igualada (PK 550) y Martorell (PK 586), sentido Barcelona.
- En vías con carril adicional en sentido contrario, solo pueden entrar vehículos ligeros y motocicletas; está prohibida la entrada al resto, incluidos turismos con remolque. Fuera del carril adicional, pesados y autobuses (≥7.500 kg) máximo 80 km/h sin adelantar en ambos sentidos; ligeros y motos máximo 100 km/h.
Anexo A, B, C, D, E y F: la letra pequeña que marca la operativa
El anexo A define redes y tramos concretos (red internacional, accesos a Barcelona, Costa Brava y Pirineos) con vías y PK, incluyendo AP-7 (84,5 Maçanet a 281 L’Hospitalet de l’Infant), A-2 (520 Cervera a 585 Martorell), AP-2 (228,8 La Bisbal del Penedès a 232 enlace AP-7), A-7 (1129,5 L’Hospitalet de l’Infant a 1171,5 Altafulla) y múltiples accesos metropolitanos, entre otros.
El anexo B recoge exenciones por tipo de mercancía (alimentos, ganado vivo, fracción orgánica de basura municipal, leche cruda, alimentación animal, agua para consumo humano en cisternas móviles exclusivas, correos, prensa diaria, huevos, alimentos que deban mantenerse calientes, flores y plantas, miel, cadáveres de animales, productos fermentables o higroscópicos, medicamentos o productos sanitarios con conservación a temperatura determinada), además de supuestos de auxilio en carretera V-24, limpieza urgente de alcantarillado en camiones de alta presión >7,5 t y campañas agrícolas (vendimia, fruta dulce, cereal y oleaginosas) en periodos concretos, con acreditación documental. También detalla supuestos específicos, como circulación por AP-7/E-15 sentido norte con base o residencia en L’Alt Camp, El Baix Camp o El Tarragonès, salida máxima 33 Tarragona, y tramos concretos para perecederos.
El anexo C fija exenciones ADR por calendario para gases domésticos, abastecimiento de combustibles, gases sanitarios, productos indispensables para centros industriales/sanitarios, mercancías con origen/destino sanitario, transportes con puertos/aeropuertos y material de pirotecnia, con una condición adicional: en días y horas de restricciones, horario nocturno 23 a 6 en el túnel del Cadí y horario diurno 6 a 10 en el túnel de Vielha.
El anexo D define la red RIMP y rutas concretas obligatorias por origen/destino, incluyendo un bloque detallado para el Camp de Tarragona (grupos y recorridos para BASF, N-340, C-31B, Constantí-TECO, P.I. Riu Clar y otros itinerarios).
El anexo E añade vías por demarcaciones (Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona) con un calendario de restricciones M/T/D en Semana Santa y meses de verano.
El anexo F regula la circulación de euromodulares priorizando autopistas, autovías, vías desdobladas y vías con separación física; obliga a consultar previamente a los titulares de las vías y limita el uso de carreteras convencionales a las incluidas dentro de la RIMP cuando se accede a instalaciones aisladas o se realizan enlaces específicos.
En 2026, el mensaje para el sector es inequívoco: la planificación deja de ser una recomendación y pasa a ser una condición operativa, especialmente para flotas pesadas, transportes especiales y ADR. Conocer cada ventana horaria y cada tramo definido en anexos será la diferencia entre cumplir con la operativa o quedar inmovilizado en el peor momento.
