44 toneladas y 32 metros: así cambia el transporte por carretera con la nueva Orden PJC/780/2025

El Gobierno ha actualizado el Reglamento General de Vehículos para adaptar masas, dimensiones y condiciones de circulación a la realidad del sector y a los objetivos de sostenibilidad. La Orden PJC/780/2025 (BOE 23 de julio de 2025) modifica los anexos II, IX, X y XVIII, con especial incidencia en el anexo IX (masas y dimensiones), y marca un antes y un después para el transporte de mercancías por carretera.

Claves de la reforma:

Masas máximas: salto a las 44 toneladas

La norma eleva a 44 t la masa máxima de los vehículos articulados de cinco o más ejes y también a 44 t los trenes de carretera 3+2/3, quedando en 42 t las combinaciones 2+3. Además, los conjuntos euro-modulares podrán alcanzar 72 t (antes 60 t). El eje motor pasa de 11,5 a 12 t y el tándem triaxial de remolques sube de 24 a 27 t cuando la distancia entre ejes esté entre 1,30 y 1,40 m. Los tándem de vehículos a motor alcanzan 12 t si d > 1 m.

Bonificaciones por intermodalidad y energías limpias

Para operaciones intermodales (según definición del anexo IX) se permite sumar 2 t a la MMA de articulados y trenes de cuatro o más ejes. Además, se incentiva el uso de combustibles alternativos y de emisión cero con +1 t y +2 t respectivamente, que en entornos urbanos se convierten en +2 t y +3 t. En ningún caso se pueden superar los límites de masa por eje.

Caso particular: madera en rollo

Se definen condiciones específicas para la madera en rollo, con MMAs de 32 t (rígido 3 ejes), 42 t (rígido o tren 4 ejes), 52 t (articulado o tren 5 ejes) y 57 t (articulado o tren 6+ ejes), limitado a recorridos bosque–industria de hasta 150 km (con salvedad entre provincias limítrofes) y siempre respetando la masa por eje.

Dimensiones: hasta 4,5 m de altura y 32 m en euro-modulares

La longitud máxima de los conjuntos euro-modulares pasa de 25,25 a 32 metros. Asimismo, los vehículos que transporten contenedores cerrados homologados para combinado/intermodal o ULD, y camiones de altura variable con animales vivos, pacas de paja y forrajes, podrán alcanzar 4,5 m de altura. En suministros a industrias dentro de 50 km, también se admite hasta 4,5 m.

Elementos lineales: más flexibilidad sin ACC

Los articulados que transporten elementos indivisibles por longitud pueden sobresalir 1,5 m sobre los 16,50 m máximos sin autorización complementaria de circulación (ACC), con la condición de que sea vehículo articulado (no tren, euro-modular o rígido) y respetando masas, ancho y alto. Si la carga lineal es divisible, no podrá superar 16,50 m.

Euro-modulares: nueva definición y fin de las autorizaciones individuales

La reforma define el conjunto euro-modular (mínimo 7 líneas de eje o 3 módulos) e incluye el “dolly” como módulo. Se elimina la exigencia del 25% de masa sobre eje motor, aunque deberá garantizarse tracción en pendientes del 8%; los radios de giro podrán llegar a 14,5 m (exterior) y 6,5 m (interior). La DGT aprobará una resolución con requisitos técnicos y las CCAA delimitarán los tramos de circulación mediante resoluciones publicadas en el BOE. No habrá autorización previa para circular por esos tramos y desaparece la posibilidad de emitir permisos fuera de ellos.

Calendario: qué aplica y cuándo

  • Dimensiones (apartado 3): en vigor desde el 24 de julio de 2025.

  • Masas (apartado 2): en vigor el 23 de octubre de 2025, salvo cisternas (ITV 27–31), que entran el 23 de enero de 2026.

Hasta el 23 de octubre de 2025 se mantienen autorizaciones para nuevos euro-modulares, porque sin la entrada en vigor de las 72 t su circulación sin permiso sería inviable. Para esa fecha se prevé tener lista la resolución de condiciones técnicas y los itinerarios. A partir del 23 de octubre ya no se emitirán nuevas autorizaciones: la circulación quedará restringida a los tramos oficialmente habilitados.

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