Desde la reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Orden Ministerial que modifica el Reglamento General de Vehículos, el sector del transporte por carretera se prepara para una transformación clave: la autorización para circular con vehículos de hasta 44 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA). Esta medida, largamente esperada por parte del sector, abre la puerta a una mayor eficiencia logística, pero también plantea importantes cuestiones técnicas que deben tenerse en cuenta antes de ponerla en práctica.
¿Todos los vehículos podrán circular con 44 toneladas?
La respuesta es clara: no todos los vehículos están preparados técnicamente para ello. La ampliación del peso autorizado no implica automáticamente que los camiones actuales puedan beneficiarse de este nuevo límite. Solo aquellos vehículos que cumplan con ciertos requisitos de construcción y homologación podrán circular legalmente bajo este nuevo régimen.
Las fechas claves que marcarán la entrada en vigor de la medida son:
- 23 de octubre de 2025: entrada en vigor general de las 44 toneladas.
- Enero de 2026: aplicación específica para vehículos cisterna.
MMTA: el parámetro técnico imprescindible
Uno de los aspectos más relevantes a verificar es la Masa Máxima Técnicamente Admisible (MMTA), es decir, el peso máximo que un vehículo puede soportar de forma segura según sus especificaciones de fábrica. «La MMTA garantiza que el vehículo no supere los límites estructurales definidos por el fabricante, asegurando la integridad del conjunto y la seguridad vial», señalan desde el ámbito técnico.
Este valor debe consultarse en la ficha técnica del vehículo, en las siguientes casillas clave:
1. Vehículos motor:
- Casilla F1.1: debe indicar al menos 12.000 kg en el segundo eje. ✅
- Casilla F.3: debe reflejar 44.000 kg o más como MMTA del conjunto. ✅
Si el vehículo cumple con estos requisitos:
- No será necesario realizar ninguna modificación inmediata. Bastará con esperar a la próxima ITV, donde se adaptará la ficha técnica a la nueva normativa.
- Una vez realizada la ITV, se podrá solicitar en la Jefatura de Tráfico el nuevo permiso de circulación con los datos actualizados.
2. Semirremolques:
- Casilla F1.1: debe indicar como mínimo 9.000 kg por eje. ✅
¿Y si el vehículo no cumple con los valores requeridos?
En este caso, será imprescindible acudir al fabricante. Solo un certificado oficial emitido por este podrá acreditar que el vehículo está técnicamente capacitado para circular con 44 toneladas. Con dicho documento, se podrá pasar la ITV correspondiente para legalizar la modificación.
Próximos pasos para los transportistas
- Si el vehículo ya cumple con las especificaciones técnicas, el procedimiento es simple: esperar a la siguiente ITV, realizar la adaptación documental y tramitar el nuevo permiso de circulación.
- Si no aparecen los valores necesarios en la ficha técnica, pero se sospecha que el vehículo puede cumplirlos, se debe contactar con el fabricante y solicitar el certificado correspondiente.