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	<title>horas de conducción y descanso camion &#8211; TransporteAlDía.es &#8211; Noticias sobre transporte y logística</title>
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	<description>Información sobre el transporte en carretera nacional, internacional y logística.</description>
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		<title>Nueva regulación de  tacógrafos y tiempos de conducción y descanso</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sancho]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Aug 2020 12:16:36 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Hoy, jueves 20 de agosto, ha entrado en vigor las primeras normas del Paquete de Movilidad de la Unión Europea. Entre las medidas que son válidas están incluidas las relativas a los tiempos de conducción y descanso, así como las de utilización del tacógrafo. Si bien en ambos apartados existen puntos del reglamento que serán de ejecución posterior, sí que el nuevo texto incluye distintas novedades a tener en cuenta por los transportistas autónomos y las compañías de transporte en relación a estas dos áreas que ahora repasamos.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Hoy, jueves 20 de agosto, ha entrado en vigor las primeras normas del Paquete de Movilidad de la Unión Europea</strong>. Entre las medidas que son válidas están incluidas las relativas a los tiempos de conducción y descanso, así como las de utilización del tacógrafo. Si bien en ambos apartados existen puntos del reglamento que serán de ejecución posterior, sí que el nuevo texto incluye <strong>distintas novedades a tener en cuenta por los transportistas autónomos y las compañías de transporte</strong> en relación a estas dos áreas que ahora repasamos.</p>
<p>En la realidad diaria de los transportistas, el primer aspecto a tener en cuenta es que la pausa de 45 minutos se puede hacer con el vehículo en marcha, unificándose así los criterios dispares que había en los Estados miembro. De esta forma, <strong>el descanso de 45 minutos pautado cada 4,5 horas de conducción se podrá hacer a bordo del vehículo y con este en marcha -en casos de conducción en equipo o doble tripulación-</strong> a condición de que el conductor que hace la pausa no haga labores asistenciales al chófer que conduce.</p>
<h2 style="text-align: center;"><span style="font-size: 12pt;">Tiempos de conduccion y descanso camiones</span></h2>
<p><strong>Se aplica una flexibilización de los descansos semanales en el transporte internacional</strong>. Los conductores podrán realizar dos descansos semanales reducidos -menos de 24 horas- fuera de su país de origen si en las cuatro semanas consecutivas en las que se realizan hay dos de descansos normales -45 horas- con la compensación de tiempo pertinente. A su vez, <strong>se ha prohibido la realización de los descansos semanales normales en la cabina</strong>, siendo el empresario el encargado de garantizar y pagar un alojamiento adecuado para el chófer.</p>
<p>A su vez, <strong>se puede ampliar en 1 ó 2 horas el límite máximo de conducción diaria -9 ó 10 horas- o semanal -56 horas- si eso significa que el conductor llega a la base de la empresa o a su lugar de residencia</strong>. Para superar el tiempo en dos horas deberá hacer una pausa de 30 minutos antes de ese periodo adicional, aunque en ambos casos se deberá respetar el tiempo máximo de conducción bisemanal -90 horas- y compensar este tiempo extra de conducción en los siguientes periodos de descanso semanal. Por último,<strong> los chóferes deberán regresar a su centro de trabajo o lugar de residencia cada 3 ó 4 semanas</strong>.</p>
<p>Respecto a la utilización del tacógrafo, <strong>se exigirá los registros de 56 días en lugar de los 28 días actuales, si bien esto entrará en vigor el 31 de diciembre de 2024</strong>. A su vez, se han definido los plazos de introducción de los tacógrafos inteligentes de segunda generación, siendo el primer punto de inflexión agosto de 2023. En este aspecto, quizá la novedad principal es que los vehículos de transporte ligeros -2,5 y 3,5 toneladas de MMA- deberán equipar tacógrafo antes de julio de 2026. <strong>Todos los vehículos con tacógrafo deberán registrar el cruce de fronteras</strong>.</p>
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		<title>Nueva regulación para los tiempos de conducción y descanso en la Unión Europea</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Sancho]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 Aug 2020 08:46:03 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El esperado Paquete de Movilidad no sólo es una realidad, sino que ya ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Esto significa que el reglamento que da forma a un nuevo escenario en el transporte de mercancías por carretera en el viejo continente por fin entra en vigor, si bien las distintas medidas que incluye irán entrando en vigor de forma progresiva. EN este aspecto, la nueva regulación sobre los tiempos de conducción y descanso será la primera en ‘debutar’ el próximo 20 de agosto.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>El esperado Paquete de Movilidad no sólo es una realidad</strong>, sino que ya ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Esto significa que el reglamento que da forma a un nuevo escenario en el transporte de mercancías por carretera en el viejo continente por fin entra en vigor, si bien las distintas medidas que incluye irán entrando en vigor de forma progresiva. EN este aspecto, <strong>la nueva regulación sobre los tiempos de conducción y descanso será la primera en &#8216;debutar&#8217; el próximo 20 de agosto</strong>.</p>
<p><strong>Tres años de tramitación y de espera han sido necesarios para superar todos los obstáculos y dar vida al Paquete de Movilidad</strong>. El nuevo reglamento ha sido publicado este viernes 31 de julio en el Diario Oficial de la Unión Europea, por lo que su entrada en vigor por fin tiene una fecha concreta. No obstante,<strong> el próximo 20 de agosto comenzará la aplicación del Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso</strong>, algo muy a tener en cuenta ya que el texto incluye importantes novedades respecto a las condiciones actuales.</p>
<p><strong><div class="su-pullquote su-pullquote-align-left"><b> &#x25b6;&#xfe0f; <a href="https://www.transportealdia.es/hoy-entra-vigor-nueva-regulacion-tacografos-tiempos-conduccion-descanso/">Tiempos de conducción y descanso en camiones</a></b></div>  </strong>Entre estas novedades existe <strong>una cierta flexibilización del descanso semanal en el transporte internacional</strong>. De hecho, el texto permite <strong>la realización de dos descansos semanales reducidos</strong> -al menos 24 horas- si en un periodo de un mes se realizan estos dos periodos reducidos y dos normales de al menos 45 horas. La reducción de horas descansadas deberá ser compensada en los periodos normales. Además,<strong> el Paquete de Movilidad refrenda la prohibición de realizar el descanso semanal normal -45 horas- en cabina</strong>, siendo la gran novedad que el empresario por ley debe garantizar que el descanso se realiza en un alojamiento adecuado y asumir los gastos generados.</p>
<p>A nivel de conducción, <strong>se podrá</strong><strong> ampliar el límite máximo de conducción diaria o semanal si los conductores pasan más tiempo en casa</strong>. En esta línea, se podrá superar en una o dos horas el límite de conducción diario y semanal si eso significa llegar al centro de trabajo o al lugar de residencia para disfrutar de un periodo de descanso semanal. Si se supera en dos horas, habrá que hacer un periodo de descanso de 30 minutos previo. <strong>El conductor deberá señalar el motivo de la excepción en la hoja de registro y este tiempo deberá ser compensado en uno de los descansos semanales de las tres siguientes semanas</strong>.</p>
<p>Por último, <strong>la normativa que entrará en vigor el 20 de agosto obliga al regreso del conductor a su centro de trabajo o lugar de residencia cada 3 ó 4 semanas</strong>. La empresa deberá organizar el trabajo de sus chóferes para que cada conductor pueda regresar al centro de trabajo o al lugar donde empieza su descanso semanal al menos una vez en un periodo comprendido de cuatro semanas para tomar un descanso semanal de al menos 45 horas. <strong>Si el conductor ha realizado dos descansos reducidos consecutivos, el regreso del conductor se realizará a la tercera semana</strong>.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://www.transportealdia.es/nueva-regulacion-tiempos-conduccion-descanso-union-europea/">Nueva regulación para los tiempos de conducción y descanso en la Unión Europea</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="https://www.transportealdia.es">TransporteAlDía.es - Noticias sobre transporte y logística</a>.</p>
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